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lunes, 16 de septiembre de 2024

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Abierta la convocatoria de subvenciones en materia de modernización de las Pymes

Se convocan, para el ejercicio 2013, las subvenciones en materia de modernización de las Pymes  comerciales

Dos De Los Beneficiarios De Estas Ayudas El Año Pasado Realizando Labores De Limpieza Junto Al Genil

La Consejería de Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, ha publicado la Orden de 18 de abril de 2013 (BOJA nº 80 de 25 abril de 2013), por la que se convocan, para el ejercicio 2013, las subvenciones en materia de modernización de las Pymes  comerciales. Con el objeto de promover la modernización del pequeño y mediano comercio para incrementar la productividad y la competitividad del mismo, así como la implantación y desarrollo de la norma de calidad Une 175001-1, propia del comercio minorista tradicional. 

El plazo de presentación para esta convocatoria es desde el 26 de abril  al 25 de mayo de 2013. Los beneficiarios de estas ayudas son las pequeñas y medianas empresas comerciales que cumplan los requisitos de la Orden, Pymes con establecimiento permanente en Andalucía con antigüedad mínima de 2 meses, Inscritos en el Registro de Comerciantes y actividades comerciales de Andalucía, con menos de 20 trabajadores y que su actividad principal corresponda a alguno de los siguientes epígrafes del IAE: 

Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco. Quedando excluido el epígrafe 646: comercio al por menor de labores de tabaco y artículos de fumador. 

Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Quedando excluidos de la agrupación 65 los siguientes epígrafes: 652.1, 654, 655, 656, 659.1, 659.3, 659.7, 659.8

Agrupación 66: comercio mixto e integrado: comercio al por menor fuera de un establecimiento, comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos, comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos. Quedando excluidos de esta agrupación los siguientes epígrafes: 663, 664, 665.

Podrán ser objeto de la subvención, la renovación y mejora tecnológica del comercio, actuaciones destinadas a garantizar la seguridad de  la empresa comercial, implantación del diseño para la mejora de la imagen, adecuación física del establecimiento destinada a la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas, mejora energética y sostenibilidad, adquisición e instalación de sistemas que posibiliten el reciclado y la eliminación de residuos, actuaciones en  Pymes comerciales en municipios rurales, con menos de 5.000 habitantes.

El porcentaje máximo es de  un 50% del total del presupuesto aceptado de las actuaciones subvencionables.  

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