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lunes, 16 de septiembre de 2024

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La Junta convoca ayudas para facilitar la mayor autonomía a las personas mayores y discapacitados

Se podrán subvencionar, entre otras cuestiones, la compra de prótesis dentales, la adaptación de vehículos a motor o gastos de desplazamiento. Gestionadas por Servicios Sociales de Loja, el plazo termina el 14 de agosto

Ayudas Mayoresred

La Junta de Andalucía ha publicado las bases de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a personas mayores y personas con discapacidad, y que tienen el objetivo de facilitarles la mayor autonomía posible. Las ayudas son gestionadas por Servicios Sociales de Loja, y se otorgarán a aquellas personas que cumplan los requisitos. El plazo termina el 14 de agosto.

LÍNEA 1: Subvenciones individuales para personas mayores
Será subvencionable la compra, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales, así como actuaciones preparatorias para su implantación, siempre que en el presupuesto esté incluido la prótesis y/o órtesis dentales a adquirir, renovar o reparar, a personas mayores de 65 años.
Podrán solicitar las subvenciones las personas físicas mayores de 65 años con vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Requisitos:
a) Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la
persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento colectivo el último día de plazo de presentación de solicitudes. Tanto para el cálculo de la renta per cápita como para el IPREM, se tomará como referencia el año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.
b) Tener cumplidos 65 años el último día de plazo de presentación de solicitudes.
c) No haber tenido la condición de beneficiario o beneficiaria definitiva por el mismo concepto en la convocatoria anterior.
d) Disponer de un presupuesto cierto.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

LÍNEA 2: Subvenciones individuales para personas con discapacidad.

Podrán solicitarse estas subvenciones para las siguientes actuaciones:

  • La adaptación de vehículos a motor.
  • La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.
  • Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.

Requisitos:

  1. Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% y poseer resolución de reconocimiento del grado el último día de presentación de solicitud.
  2. Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento conjunto. Tanto para el cálculo de la renta per cápita como para el IPREM, se tomará como referencia el año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.
  3. Disponer de un presupuesto cierto.
  4. En el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad así como para la adquisición, renovación o reparación de recursos tecnológicos, se exigirá, además, informe favorable del Centro de valoración y orientación que será solicitado de oficio por el órgano que tramita la subvención.
  5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

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